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Dura condena, "fallo ejemplar"

El caso de la maestra a la que su ex pareja quiso matar quemándola

Carlos Maliandi recibió una pena de 19 años por intento de femicidio. Satisfacción de la víctima. Las críticas que hicieron los jueces.

Noelia ayer en la sala de audiencias tras conocerse el veredicto. (Fuente: Gentileza Alan Monzón)Noelia ayer en la sala de audiencias tras conocerse el veredicto.. Imagen: Gentileza Alan Monzón

Noelia no pudo contener las lágrimas al escuchar el veredicto judicial por el intento de femicidio del que fue víctima en 2021. En un fallo con perspectiva de género, el tribunal integrado por Hebe Marcogliese, Rodrigo Santana y Nicolás Foppiani condenó a Carlos Maliandi a la pena de 19 años de prisión. La resolución, además, instó a la prevención y capacitación en materia de violencia machista por parte de las instituciones, "para así hacer efectivo el mandato legal de 'prevenir y erradicar la violencia contra la mujer'” y evitar circunstancias de revictimización. Esas consideraciones llevaron a que la víctima, sus abogadas y la fiscal Gisela Paolicelli lo consideren "un fallo ejemplar". 

Durante el proceso se analizó no solo lo ocurrido la noche del 28 de julio de 2021, cuando Noelia salió con graves quemaduras del baño del departamento de Ayacucho al 1700, donde convivía con su agresor; sino también las "humillaciones, amenazas y agresiones" que padeció durante el año y medio que duró la relación. Desde el primer momento, Maliandi optó por la versión de un intento de suicidio. Sin embargo, en el juicio se probó su personalidad "autoritaria y violenta", con "necesidad de afirmar su poder y superioridad".

Tras el ataque, la maestra del colegio Misericordia debió ser internada con quemaduras en el 15% de su cuerpo y riesgo de vida. Al respecto, el tribunal entendió que "al contrario de lo afirmado por la defensa, la relación de dominación del acusado respecto de la víctima resulta un indicio de que los hechos se desencadenaron por la acción del imputado". Y aseguraron: "Maliandi consideraba a su pareja un objeto de su propiedad; y la acción de ésta de romper el papel en el que se documentaba la unión convivencial, anunciándole que iba a dejarlo, le resultó intolerable y respondió con extrema violencia, intentando matarla, derramándole alcohol encima e incendiando partes vitales de su cuerpo; acción que no logró su cometido final, intentó ocultar de diversas maneras, dando a entender que fue ella quien se quiso quitar la vida", cuando momentos antes le había horneado galletas y un pastel de manzana para que él -empleado del Ministerio de Educación- compartiera con sus compañeros de trabajo al día siguiente.

Para el tribunal, se demostró que Maliandi, "desde el comienzo de la relación, aisló a la víctima de su familia y amigos, impidiéndole trabajar y relacionarse con otros". También indicaron que "fue violento con su expareja y con su propia madre, estableciéndose que el acusado contaba con una gran habilidad para encontrar debilidades en sus víctimas y aprovecharse de ellas para doblegar su voluntad, tal como ocurrió con Noelia".

El tribunal se basó en pruebas, testimonios y explicaciones científicas. "Las características del lugar y de las huellas, el análisis forense de las heridas de la víctima y del imputado -entre otros elementos- permitieron reconstruir la mecánica del hecho. Y aunque no haya podido establecerse el exacto despliegue de acciones de Maliandi, pudo determinarse con certeza que estuvo en contacto prácticamente permanente con Noelia, antes, durante y después de que se produjera la combustión. La conducta de derramar material inflamable en partes vitales del cuerpo de la mujer y luego encenderlo, fue producida por acción de un tercero, no pudiendo ser otro que Maliandi".

Según el análisis, "todas las hipótesis que intentó la defensa fueron teorizaciones hipotéticas e inconsistentes, no posibles ni probables, con el único objetivo de procurar, al menos, sembrar dudas", que "no fueron suficientes para poner en crisis la hipótesis de la acusación". El fallo incluye el delito de tenencia de arma, hallada al acusado en un allanamiento. La misma, denominada "bolígrafo", era guardada en la mesa de luz de la pieza de la hija de Noelia.

Valiente

Para el tribunal, la declaración de Noelia -cuya hija tenía 11 años al momento del hecho- fue "clara, contundente, sostenida en el tiempo y valiente". A su vez "se une, armoniza y permite, en un análisis global con los demás elementos probatorios, dar por tierra con la teoría del caso de la defensa". En cuanto a la extensión del daño de la mujer que siempre se consideró una sobreviviente, para el tribunal "no sólo deben ponderarse las gravísimas consecuencias que padeció, y aun padece, que se proyectan no sólo en su salud (física y psicológica) sino también en su vida de relación, en su desempeño laboral y en su economía familiar; sino el sufrimiento que implicó vivir sometida durante un año y medio a las humillaciones, amenazas y agresiones físicas del acusado; aspectos que también se proyectaron en la niña conviviente y víctima secundaria de las desdichas de su madre".

Ayer, al término del veredicto, Noelia -acompañada por organizaciones feministas- manifestó su emoción. “Es una condena ejemplar. Pero no es solo eso. Es todo lo que ponderó el tribunal sobre lo que hay que mejorar, trabajar en la prevención, para que las instituciones se capaciten". En ese sentido, dijo que "nadie tiene que pasar por esto, la violencia no tiene justificación", y se manifestó "para adelante, con muchos proyectos. Es una satisfacción por la justicia". En la previa del debate dijo que esta instancia era por ella pero también por "las que ya no están", y recordó a víctimas de "otros casos en los que hubo vicios y no se logró recuperar pruebas".

Prevención

El tribunal apuntó a una "deficiente respuesta institucional a lo largo de las instancias por las que atravesó Noelia, lo que derivó en una innecesaria revictimización, además de la que -de por sí, e inevitablemente- implica el proceso". Por eso, instaron a que instituciones policiales y de salud "realicen acciones para profundizar la profesionalización del personal en una debida perspectiva de género". Y agregaron: "Debemos educar, prevenir y respetar, para llegar antes. Y, necesitamos también el respeto y compromiso de todos los actores sociales", dijeron sobre cuestiones de protocolos y capacitación.

En ese sentido, mencionaron "la negligente intervención de los policías que inicialmente tomaron contacto con el caso, a partir de la convocatoria del imputado: tanto de la Policía de Acción Táctica que previno, como el funcionario a cargo del destacamento policial del Heca, y del sumariante y funcionarios de la Comisaría 5° que inicialmente entrevistaron al acusado sin profundizar con la especificidad debida de un posible caso de violencia de género". Y respecto de los médicos que hicieron las primeras atenciones, "tanto de la empresa de servicios de salud Emerger, como de la guardia del hospital, que redujeron la anamnesis de la paciente a un ’intento de autolisis’, cuando, de ningún modo les constaba, resguardándose en que la paciente estaría aislada y controlada porque fue derivada a la unidad de terapia intensiva". Además de cuestiones de prevención relacionadas con el colegio donde se desempeñaba la maestra.

Para el tribunal, todo ello "pone de manifiesto, al menos, una inaceptable incapacitación de estos funcionarios para la prevención de conflictos de esta índole, máxime cuando hace más de 15 años que se sancionó la ley 26.485. (...) Más allá de criminalizar, las respuestas se deben encontrar en la prevención". En suma, plantearon que "cuando el Estado no responde en tiempo y forma a los compromisos internacionales asumidos en la materia, la violencia de género se agudiza y se convierte en violencia institucional, como le ha ocurrido también a Noelia".

Querella y Fiscalía

Por su parte, las abogadas que representaron a Noelia como querellante, Sofía Basso, Vanesa Vargas y Marcela Mancini, hablaron de "un fallo con perspectiva de géneros". Para las letradas, la sentencia "reconoció el contexto de violencia de género que sufría Noelia Santinello; como ella dijo, 'una víctima y una sobreviviente'". Además, destacaron que "se dispusieron medidas de prevención de las violencias, y es por esto que fue un fallo ejemplar. Es importante que todas las instituciones dependientes del Estado tengan la formación para abordar las violencias por motivos de género, para evitar que se llegue a resultados tan tremendos como éste. Celebramos que este fallo, además de la condena y la visibilización de la desigualdad de poder, cuente con un apartado específico dirigido a que se desarrollen medidas educativas y de prevención".

En tanto, la fiscal Paolicelli manifestó: "Me pone muy contenta el mensaje que da el tribunal porque hace un análisis crítico de los primeros momentos", en relación a la intervención y accionar de los primeros actores institucionales que tuvieron contacto con el caso. Pese a ello, "se pudo reconstruir todo el contexto, como dice la ley que hay que hacer en este tipo de casos". 

Fuente: Rosario 12

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